Fuente: Diario Concepción
Terminado el plazo legal para presentar este tipo de recursos la seremi de Medio Ambiente informó que del total de presentaciones, seis de ellas buscan anular la declaratoria, mientras otras dos pretenden ampliar el polígono delimitado.
Finalmente fueron ocho los Recursos de Reclamación que se presentaron ante el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia contra la decisión del Ministerio de Medio Ambiente de declarar el Price y el Paicaví -Tucapel Bajo como nuevos humedales urbanos en la Región.
Así lo confirmó el seremi de la cartera, Óscar Reicher, quién hizo un resumen de la situación de dichas presentaciones.
“Son ocho reclamaciones las que se presentaron en contra de las declaraciones de humedal urbano del Price y Paicaví -Tucapel Bajo. En el caso de Paicaví son cinco reclamaciones en total y en el caso de Price son tres”, señaló la autoridad.
“De las cinco que son presentadas por el humedal Paicaví-Tucapel Bajo hay 2 en las que se está pidiendo ampliación del polígono (terreno), que corresponde a la causa presentada por un particular y la Municipalidad de Concepción, donde si uno hace una lectura de las reclamaciones presentadas por estas partes, hay una solicitud de ampliar dicho polígono. El resto solicitan al tribunal la nulidad de la declaración por considerar que existen vicios de ilegalidad , básicamente”, explicó Reicher.
Avanza tramitación
Consultado respecto a los avances que han tenido en sede judicial estas reclamaciones, la autoridad regional de Medio Ambiente sostuvo que se tramitan ágilmente y que de hecho, en el caso de las reclamaciones por la declaratoria del humedal Price, el tribunal valdiviano ya realizó los alegatos a comienzos del presente mes.
“Las dos causas están bien avanzadas para ser recientes las declaraciones. En el caso del humedal Price actualmente la causa jurídicamente se encuentra en estudio. Es decir, los jueces del Tribunal Ambiental de Valdivia, están haciendo un análisis de la causa, los alegatos ya se hicieron el pasado 5 de septiembre y ahí se hicieron las alegaciones por parte de quienes buscan la nulidad como también estuvo como tercero coadyuvante el abogado de la Municipalidad de Hualpén y por cierto el Ministerio de Medio Ambiente”.
En tanto, en el caso del humedal Paicaví – Tucapel Bajo la audiencia será el próximo mes, según aseveró el propio seremi.
“Actualmente la causa jurídicamente se encuentra en estado de relación. Es decir, se está esperando que se realice la audiencia de alegatos fijada por el tribunal para el 12 de octubre, a las 09:30 horas”, puntualizó.
Mientras, desde el municipio penquista se confirmó que parte de su equipo jurídico participará de los alegatos en el marco de la reclamación presentada por la entidad.
“La resolución de este año del Ministerio de Medio Ambiente la celebramos como municipio pues significa un importante avance en materia de protección y resguardo. Sin embargo, define un polígono distinto al que el municipio solicitó tras la correspondiente evaluación técnica y el trabajo con organismos medioambientales. Lo que nosotros estamos haciendo es entregar nuevamente antecedentes que demuestren que se requiere aumentar de las 22,83 hectáreas definidas a las 23,23 solicitadas” planteó la directora de Medioambiente, Andrea Aste.
Efecto de la declaratoria
Respecto a la defensa que la autoridad está realizando sobre ambas declaratorias, Reicher comentó que van en la línea de destacar el valor que los humedales tienen desde la perspectiva ecológica y su importancia para el ser humano ya que cumplen un rol esencial en la gestión del agua y por otro, se ha aportado información respecto a la realidad e ambos humedales en la actualidad.
En todo caso el representante del Ministerio del Medioambiente recordó que la ley que protege los humedales urbanos no prohíbe nada, sólo obliga a cambios en los planos reguladores comunales tras ser designados como humedales urbanos, lo que significa que los desarrollos que se quieran realizar en ellos y sean compatibles con esta nueva denominación agregó.
“Por ejemplo, hoy un humedal tiene un uso (de suelo) destinado al equipamiento, actividades productivas o residenciales entre otros, hecha la declaratoria, se debe hacer una modificación para (transformar en) área de valor natural”.
“¿Y qué quiere decir área de valor natural?, Quiere decir que el uso que se le espera dar a ese humedal debe ser compatible con los objetivos de protección ambiental que se tuvieron en vista al momento de la declaración. Por lo tanto, no es que se prohiba algo, si no que se busca hacer compatible el uso con el funcionamiento ecosistémico de un humedal”, cerró el seremi.